El productor de AEE constituye uno de los actores fundamentales en la normativa europea y española sobre gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. En este contexto, la Fundación ECOLEC surge de la alianza entre fabricantes e importadores de grandes y pequeños electrodomésticos, con el objetivo de dar respuesta a estas obligaciones y promover una gestión responsable.
En el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos se define como «productor de AEE» a cualquier persona física o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada, que:
- Esté establecida en España y fabrique AEE bajo su propio nombre o su propia marca, o los diseñe o fabrique y comercialice bajo su nombre o marca en el territorio español; o
- Esté establecida en España y revenda bajo su propio nombre o su propia marca AEE fabricados por terceros, sin que pueda considerarse «productor» al vendedor si la marca del productor figura en el aparato, conforme al inciso 1.º; o
- Esté establecida en España y se dedique profesionalmente a la introducción en el mercado español de AEE procedentes de terceros países o de otro Estado miembro; o
- Venda AEE por medios de comunicación a distancia directamente a hogares particulares o a usuarios profesionales en España, y esté establecida en otro Estado miembro o en un tercer país.
En 2021 se modificaron algunos artículos del Real Decreto 110/2015 y aunque no se alteró la definición de productor de AEE, sí introdujeron cambios relevantes:
- Definición de AEE: se actualiza el concepto de aparatos eléctricos y electrónicos, ampliando su descripción a todos aquellos que requieran corriente eléctrica o campos electromagnéticos para funcionar, incluidos los destinados a generar, transmitir y medir dichas corrientes, siempre que no superen 1.000 V en corriente alterna o 1.500 V en corriente continua.
- Representante autorizado: se redefine su papel, estableciendo con mayor claridad que los productores situados en otro Estado miembro deberán designar un representante en España para cumplir sus obligaciones, y a la inversa, los productores españoles deberán designar representantes en los países de la UE en los que comercialicen sus productos si allí no están establecidos. Este nombramiento debe formalizarse mediante apoderamiento por escrito.
Con estas modificaciones, el marco normativo se adapta a la realidad del mercado y refuerza las obligaciones de los productores, garantizando un control más eficaz y una mejor gestión ambiental de los RAEE.
En el Real Decreto 110/2015 se establece la responsabilidad de los productores e importadores de aparatos eléctricos y electrónicos cuando se convierten en residuos. Por ello, Fundación ECOLEC trabaja mano a mano con más de un millar de productores implicados con la correcta gestión de los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos que producen o importan y concienciados con el respeto y cuidado del Medio Ambiente.












