[Última actualización: agosto de 2018]
A partir del 14 de agosto se clasificarán los AEE en 7 categorías (en lugar de 10), según lo dispuesto en el Real Decreto 110/2015. Estas nuevas categorías son:
- Aparatos de intercambio de temperatura
- Monitores, pantallas y aparatos con pantallas de superficie superior a 100 cm²
- Lámparas
- Grandes aparatos (con dimensión exterior superior a 50 cm)
- Pequeños aparatos (sin ninguna dimensión exterior superior a 50 cm)
- Equipos de informática y telecomunicaciones pequeños (sin ninguna dimensión exterior superior a los 50 cm)
- Paneles fotovoltaicos grandes (con una dimensión exterior superior a 50 cm)
Para ampliar información sobre este aspecto, te recomendamos que leas nuestra Guía de declaración de los aparatos puestos en el mercado ante el registro Integrado Industrial.
El Real Decreto 110/2015, a fondo
En España, la gestión de RAEE viene marcado por el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero de 2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), una norma ampliada y renovada que pretende detallar un modelo de gestión de los RAEE más eficiente que el existente hasta entonces. Este Real Decreto transpone la normativa comunitaria contemplada en la Directiva 2012/19/UE e incorpora a su vez lo establecido en la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados.
En el mismo se incluye una batería de nuevas medidas para mejorar la recogida separada y la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Preámbulo
En su preámbulo, el Real Decreto 110/2015 parte del reconocimiento del grave problema que suponen los residuos procedentes de los aparatos eléctricos y electrónicos ya que los ciclos de innovación son cada vez más breves y la sustitución de los aparatos se acelera, convirtiendo los AEE en una fuente creciente de residuos. Por eso es importante poner en relieve la gestión de estos residuos y se requiere intensificar las medidas y esfuerzos de todos los Estados miembros de la Unión Europea.
Líneas de actuación fundamentales
Ante esta situación, la legislación prioriza dos líneas de acción fundamentales:
- la prevención en la generación de esos residuos y
- la preparación de los aparatos para su reutilización.
Productores de aparatos electrónicos y eléctricos: responsabilidades y obligaciones
Responsabilidades del productos
El Real Decreto110/2015, aunque marca las obligaciones de todos los actores implicados en el proceso, incluyendo usuarios y administraciones, deja bien claro que el responsable fundamental de financiar la gestión de los residuos es el productor del aparato, que denomina: la responsabilidad ampliada del productor.
De esta forma, al vincular al fabricante en la financiación de la gestión de los residuos se espera que se incentiven mejores diseños de los AEE que faciliten su desmontaje, reparación o reciclado o aumento de su vida útil (evitando la obsolescencia programada) y que, junto con la incorporación de un menor contenido en sustancias peligrosas, abaraten y mejoren la gestión de los residuos, siendo esta función el pilar de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor.
Obligaciones del productor
Los productores están obligados a:
- inscribirse en el Registro Integrado Industrial de carácter estatal donde deben declarar su condición de productor de AAE a la Comunidad Autónoma donde tenga su sede social y memoria anual de actividad; marcado o etiquetado correspondiente de los aparatos que comercializan
- adherirse a un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor o establecer un sistema individual de responsabilidad ampliada del productor, todo ello mediante respectivo convenio y autorización por parte de la Comunidad Autónoma y
- financiar los costes de la recogida y gestión de los aparatos que ponen en el mercado
La normativa europea y su transposición en España impuso restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en los AEE, tales como plomo, mercurio, cadmio, cromo hexavalente, etc.
Dónde llevar a reciclar aparatos electrónicos y eléctricos
Los ciudadanos pueden colaborar con el reciclaje de aparatos electrónicos depositándolos en los puntos limpios o puntos de recogida de puntos de venta o #GreenShops. La Fundación Ecolec ha puesto en marcha un mapa buscador de esos puntos, donde se muestran los puntos de venta y puntos limpios involucrados en el reciclaje de RAEE.

(Pincha en la imagen para ir al buscador)
OfiRaee
La oficina de coordinación creada por las entidades gestoras de los SIG de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos tiene como principales funciones:
- Permitir que las entidades locales puedan requerir la recogida de los diferentes tipos de RAEE almacenados por ellos con un único procedimiento de solicitud;
- Establecer un único procedimiento de seguimiento y control de los servicios de recogida que asegure la prestación del servicio de recogida de manera adecuada; garantizar y coordinar el suministro de información anual de cada uno de los SIG a las Comunidades Autónomas y entidades locales en las que opera OfiRaee;
- Diseñar y proponer las campañas anuales de información y sensibilización sobre los RAEE a la Comisión de Seguimiento establecida en los Convenios firmados con cada Comunidad Autónoma o entidades locales en las que opera OfiRaee y ejecutarlas una vez aprobadas;
- Facilitar el proceso de información a efectos de la facturación de los costes asumidos por las Entidades Locales por la gestión del os RAEE a cada Entidad Gestora de SIG, conforme al contenido y resultado de los servicios de recogida realizados
- Designar a los representantes de las Entidades Gestoras de los SIG que estarán en las respectivas Comisiones de Seguimiento de cada Comunidad Autónoma o entidad local.
Entra en OfiRAEE y conoce más sobre la oficina.