El Real Decreto 993/2022, de 29 de noviembre, establece los procedimientos para el control e inspección de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) procedentes de terceros países, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las restricciones sobre sustancias peligrosas y las obligaciones de inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII).
Los Reales Decretos 110/2015 y 106/2008 se aplican a todas las importaciones de dichos productos, requiriendo que los importadores o sus representantes aduaneros presenten una notificación ante el Servicio de Inspección SOIVRE de la Dirección Territorial y Provincial de Comercio correspondiente, previa al despacho a libre práctica de las mercancías, con el fin de asegurar la trazabilidad, el cumplimiento normativo y la protección frente a sustancias peligrosas en línea con la normativa europea.
El control a la importación de los citados productos prevé afectar a todos aquellos que se relacionan en los reales decretos 219/2013, 110/2015 y 106/2008. Para facilitar ese control y dar fluidez a los envíos y evitar retrasos que los nuevos controles puedan ocasionar, están en desarrollo herramientas informáticas.
Estos controles se sumarán a los controles que realiza el Servicio de Inspección SOIVRE en relación con las sustancias peligrosas, así como al control del cumplimiento de las obligaciones de inscripción en la sección especial del Registro Integrado Industrial (RII) de los importadores de los citados productos, comprobando que los importadores estén dados de alta en el mencionado registro.
Para más información se recomienda visitar https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Controles/Paginas/default.aspx y consultar los documentos de interés que allí se encuentran alojados.












