España ya cuenta con un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico para aplicarlo a los productos sostenibles gracias al Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024. El objetivo es caminar en sintonía con el clima y el Medio Ambiente preservando en todo momento la eficiencia en el uso de los recursos. En este sentido, se contribuye a la reducción de los residuos y al avance de la Economía Circular.

De esta forma, gracias a la creación de requisitos de diseño ecológico se busca, en materia de sostenibilidad, la mejora en diferentes características de los productos como pueden ser la fiabilidad, la durabilidad, la reparabilidad o su capacidad de reutilización o reciclaje, entre otros muchos, según versa en la propia normativa. Por otro lado, el Reglamento establece además “un pasaporte digital del producto, dispone el establecimiento de requisitos obligatorios de contratación pública ecológica y crea un marco para prevenir la destrucción de productos de consumo no vendidos”.
El marco que abre la normativa es a requisitos de diseño ecológico; de rendimiento; y de información.
Pasaporte digital del producto
Esta herramienta, que se incluye dentro de los requisitos de información, servirá para conocer los datos relativos a la sostenibilidad del producto. De esta forma, el operador económico que introduzca el producto en cuestión en el mercado tendrá la responsabilidad de ofrecer a los comerciantes una copia digital de los datos del mismo o del identificador único de producto. Una información a la que podrán acceder los futuros clientes.
En definitiva, se trata de una herramienta imprescindible para que cualquier agente de la cadena de valor puede tener acceso a cualquier tipo de información sobre el producto.
Los productos que se quedan fuera
Hay diferentes productos a los que no se aplica este Reglamento como son: los alimentos; los piensos; los medicamentos; los medicamentos veterinarios; las plantas, animales y organismos vivos; los productos de origen humano; entre otros.
Prohibida la destrucción
Otra de las cuestiones que trae el Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, con vistas a una protección medioambiental, es la prohibición, por parte de los operadores económicos, de la destrucción de ciertos productos no vendidos; entre los que se encuentran: prendas y complementos de vestir; y el calzado. Esto llevará a una reducción en la generación de residuos y “desincentivará la producción excesiva”.
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