La creciente preocupación en el impacto ambiental de los envases y sus residuos ha provocado nuevas normativas y directrices que determinan diferentes objetivos y obligaciones que se enmarcan en la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). Con esto se quiere conseguir una mayor sostenibilidad en este ámbito; la reducción de envases; fomentar el reciclaje y la reutilización. Todo, con vista a cuidar en mayor medida al Medio Ambiente, una cuestión que va ligada a la salud del planeta y del ser humano.

De esta forma, se logra también la transformación de la empresas en este sentido, a través de innovaciones en sus envases y sus materiales, en busca de una mayor sostenibilidad y reutilización. Además, este tipo de normativas también influye en los hábitos de compra de los consumidores, que se conciencian en contribuir a la Economía Circular.
En este contexto, la Unión Europea ha aprobado el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, sobre los envases y residuos de envases, por el que se modifican el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2019/904 y se deroga la Directiva 94/62/CE.
Objetivo
Este nuevo Reglamento de la Unión Europea establece una serie de requisitos que abarcan la totalidad del ciclo de vida de los envases; a la Responsabilidad Ampliada del Productor; y a la prevención de los residuos de envases, entre otras cuestiones. Hay que destacar que la normativa prohíbe la introducción en el mercado de aquellos envases que no cumplan con los diferentes requisitos. En definitiva, la normativa congrega medidas que contribuyen a la Economía Circular y a la consecución de la neutralidad climática en 2050.
Algunas medidas
Una de las medidas más destacadas de este Reglamento es que todos los envases que se introduzcan en el mercado tienen la obligatoriedad de ser reciclables. De esta manera se conseguirá una reducción importante en la generación de residuos de envases y un compromiso absoluto con la Economía Circular. Por otro lado, la normativa establece objetivos, a partir del 1 de enero de 2030, de una presencia mínima de material reciclado de plásticos en los envases.
También, antes de esa fecha, los fabricantes tienen que reducir al mínimo tanto el volumen como el peso de los envases. A todas estas cuestiones hay que añadir que la normativa establece que los envases que entren en el mercado tienen que contener una etiqueta armonizada donde aparezca información sobre su composición de materiales, con el objetivo de que el consumidor pueda separar y realizar posteriormente una gestión adecuada.
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