Los Estados Miembros de la Unión Europea están obligados informar a la Comisión Europea siempre que tengan intención de realizar alguna regulación técnica sobre diversos productos industriales, agrícola o pesqueros. De esta manera, Europa puede comprobar si estos proyectos normativos suponen algún impedimento a la unidad de mercado, a la libre circulación de mercancías en el mercado europeo y a la libertad de empresa. En este contexto, lo que se busca es que la futura nueva regulación del Estado Miembro no contradiga a normativas europeas ya aprobadas, sino que estén en la línea de lo ya regulado por la UE.

Esta cuestión es así gracias a la Directiva (UE) de 2015/1535, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, también conocido como el procedimiento TRIS. Así lo explica el despacho de abogados Gómez-Acebo y Pombo, desde el que hacen referencia a una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), de 21 de diciembre de 2023 – Asunto C- 86/22 Papier Mettler v. Italia que sirva como ejemplo a lo anteriormente explicado.
“El litigio deriva de la aprobación por parte del Gobierno italiano de un Decreto que prohibía la comercialización de un tipo de bolsas de plástico para llevar compras que no cumplieran determinados requisitos”. Este Decreto “pretendía transponer al ordenamiento jurídico italiano” una Directiva de la UE “relativa a los envases y residuos de envases”. Y aquí se centra la cuestión ya que “Papier Mettler produce un tipo de bolsas cuya comercialización estaba prohibida por el Decreto italiano pero permitida de acuerdo con el anexo II de la Directiva”.
Así, en la sentencia, explica el despacho de abogados, el TJUE aprecia que el Gobierno italiano ha cometido una infracción “suficientemente caracterizada” al aprobar el Decreto, porque se ha producido una “inobservancia manifiesta y grave por parte del Estado miembro de los límites impuestos a su facultad de apreciación” en tanto “la Directiva no dejaba ningún margen de apreciación a las autoridades italianas para prohibir, en su territorio, los envases que se atuviesen a las normas de la referida Directiva”.
Ventajas del procedimiento
La Comisión Europea señala que las principales ventajas del procedimiento 2015/1535 son que permite:
– Identificar las nuevas barreras al mercado interior antes de que provoquen consecuencias negativas.
– Detectar medidas proteccionistas.
– Verificar a los Estados miembros el grado de compatibilidad de los proyectos notificados con la legislación de la UE.
– Mantener un diálogo eficaz entre los Estados miembros y la Comisión durante la evaluación de los proyectos notificados.
– Hacer oír la voz de los operadores económicos y adaptar sus actividades con suficiente antelación a las futuras reglamentaciones técnicas. Los operadores económicos ejercen ampliamente este derecho de escrutinio, ayudando a la Comisión y a las autoridades nacionales a detectar cualquier obstáculo al comercio.
– Identificar las necesidades de armonización a escala de la UE.
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