La Ley 7/2022 define como gestor de residuos la persona física o jurídica, pública o privada, registrada mediante autorización o comunicación que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.
Obligaciones de los gestores de residuos
El artículo 23 de la Ley 7/2022 detalla las obligaciones de los gestores de residuos en función de su actividad.
Las entidades o empresas que realicen actividades de recogida de residuos con carácter profesional deberán:
- Acopiar, clasificar y almacenar inicialmente en una instalación autorizada los residuos en las condiciones adecuadas conforme a lo previsto en su autorización y disponer de acreditación documental de dichas operaciones.
- Envasar y etiquetar los residuos conforme a la normativa vigente para su posterior transporte, cuando el productor inicial o poseedor no tenga tales obligaciones.
- Entregar los residuos para su tratamiento a entidades o empresas autorizadas, y disponer de una acreditación documental de esta entrega, debiendo dar traslado de la misma al productor inicial u otro poseedor de los residuos, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 20.1 y 20.2. Esta acreditación al productor inicial u otro poseedor no será de aplicación en el caso de los residuos de competencia local.
Las entidades o empresas que transporten residuos con carácter profesional deberán:
- Transportar, por encargo del operador del traslado, los residuos desde el productor inicial u otro poseedor hasta la planta de tratamiento, cumpliendo las prescripciones de las normas de transportes, las restantes normas aplicables y las previsiones contractuales y disponer de una acreditación documental de la entrega.
- Mantener los residuos separados e identificados durante su transporte y, en el caso de los residuos peligrosos, envasados y etiquetados con arreglo a la normativa vigente. En ningún caso se admitirá la carga de envases que no se encuentren adecuadamente cerrados, o que presenten defectos en su etiquetado cuando este sea preceptivo.
Las entidades o empresas que realicen una actividad de tratamiento de residuos deberán:
- Efectuar las comprobaciones oportunas para proceder a la recepción y en su caso aceptación según lo convenido en el contrato de tratamiento.
- Llevar a cabo el tratamiento de los residuos entregados conforme a lo previsto en su autorización y acreditarlo documentalmente; en el caso de las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada, conforme a las mejores técnicas disponibles.
- Gestionar adecuadamente los residuos que produzcan como consecuencia de su actividad.
Los gestores de residuos estarán obligados a:
- Disponer de una zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento de los residuos que reúna las condiciones que fije su autorización. En el caso de almacenamiento de residuos peligrosos estos deberán estar protegidos de la intemperie y con sistemas de retención de vertidos y derrames. La duración máxima del almacenamiento de los residuos no peligrosos será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación. En el caso de los residuos peligrosos, en ambos supuestos, la duración máxima será de seis meses; en supuestos excepcionales, la autoridad competente de las comunidades autónomas donde se lleve a cabo dicho almacenamiento, por causas debidamente justificadas y siempre que se garantice la protección de la salud humana y el medio ambiente, podrá modificar este plazo, ampliándolo como máximo otros seis meses.
- Constituir una fianza en el caso de los residuos peligrosos, y en el resto de los casos cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulen operaciones de gestión. Dicha fianza tendrá por objeto responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación.
- Suscribir un seguro o constituir una garantía financiera equivalente en el caso de tratarse de negociantes, transportistas y entidades o empresas que realicen operaciones de tratamiento de residuos peligrosos y, en el resto de los casos, cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulen operaciones de gestión, para cubrir las responsabilidades que se deriven de tales operaciones.
Las plantas de reciclaje y el proceso de gestión de RAEE
Las plantas de reciclaje son instalaciones clave en la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). En ellas se realiza la recogida separada, el transporte de materiales, su seguimiento y, sobre todo, el tratamiento posterior que permite darles una segunda vida. La financiación de estas operaciones recae en los productores, quienes cumplen con sus obligaciones a través de los sistemas de gestión reconocidos por la normativa, entre los que se encuentra Fundación ECOLEC.
Los residuos procedentes de distribuidores, puntos de venta, centros comerciales, plataformas logísticas o puntos limpios son clasificados y seleccionados para facilitar su reciclaje. Posteriormente, se trasladan a centros de almacenamiento temporal antes de llegar a las plantas de reciclaje y valorización. La Administración Pública es la encargada de inspeccionar y garantizar que las instalaciones cumplen con las exigencias legales.
La normativa vigente busca evitar que los RAEE terminen en vertederos. Estos residuos son una fuente valiosa de recursos y, si se gestionan adecuadamente, pueden convertirse en nuevas materias primas, evitando emisiones contaminantes y reduciendo riesgos sobre suelos y aguas subterráneas. El ciclo de gestión comienza en el momento en que el aparato es desechado, recogido y almacenado, y concluye cuando los materiales recuperados vuelven al mercado en forma de nuevos productos. Los RAEE que no se puedan reutilizar se enviarán a tratamiento. Si un RAEE sí se puede reutilizar, deja de ser residuo y pasa a ser un aparato o componente recuperado.
Este proceso no solo protege el Medio Ambiente, sino que también impulsa el ahorro energético en la fabricación, reduce la contaminación asociada a los procesos productivos y genera empleo en las distintas fases del reciclaje.












